Analizamos un articulo en La Nación publicado el 30 de Abril que explica los resultados que obtuvo el gobierno en una primera auditoria realizada sobre 10.000 tramites de 370.000.
La Nación: Cannabis medicinal: los inusuales usos para los que se aprobaron los tratamientos, según un relevamiento
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Indicación concentrada en no más de tres síntomas –insomnio, ansiedad y dolor–, requisitos de inscripción “muy laxos” y baja proporción de pacientes con diagnósticos que cuentan con evidencia de efectividad terapéutica son los principales resultados de un primer análisis de 10.000 inscriptos en el registro oficial para cultivar cannabis con uso medicinal.
En paralelo, según pudo saber LA NACIÓN, la mayoría de las más de 90.000 solicitudes de inscripción pendientes de aprobación incluyen la prescripción de uso de profesionales con más de un centenar de pacientes, de acuerdo con otras irregularidades en el funcionamiento del Programa Nacional de Cannabis, que depende del Ministerio de Salud de la Nación.
Los resultados muy laxos se puede dar en una aprobación masiva que fueron realizadas en la anterior gestión cuando los tramites se acumulaban y el tiempo de espera incrementaba. En todo caso, el problema es con el profesional de la salud que completa "muy laxa" los campos en Reprocann y los documentos que explica el tratamiento que se va dar en curso con cannabis. El problema actual, es que el usuario / paciente queda desprotegido y penado bajo la ley de drogas 23.737 al tener una tramite con falta de información. Mientras la o el medico, cobra su consulta por su trabajo que requiere una revisión y que hace atrasar el proceso aun más por no tener la capacitación adecuada por parte del estado de como realizar el tramite de Reprocann.
Anteriormente, cualquier tramite que le faltaba información aparecía "rechazado" o ahora y menos violento "Revision medica" por que le enviaban desde Reprocann, observaciones al medico de que le faltaba o que discrepancias había en la información (como datos erroneos en la dirección, etc). Esto existió siempre. Plantear que hubo "requerimientos laxos" es instalar un problema que no hay. Si se quieren cambiar los requisitos o la forma de "evaluar" al medico los requisitos para terminar con un trabajo científico publico o mismo relevar un informe al congreso sobre el analisis del uso del programa, bienvenido sea pero me parece errado poner mas trabas al proceso que hoy es poco eficiente para la persona que lo necesita, que es el paciente.
“Desde diciembre, el Reprocann está congelado. Hay alrededor de 70.000 personas que realizaron el trámite, gestionaron la prescripción médica y completaron todos los requisitos, pero siguen a la espera de la aprobación cuando antes no demoraba más de tres o cuatro semanas”, dijo Valeria Salech, presidenta de Mamá Cultiva Argentina, en diálogo con LA NACIÓN a propósito del reclamo de ese sector.
De acuerdo con esa base de datos, se inscribieron 374.702 personas desde que se habilitó en 2020. Tienen su credencial al día 178.391 pacientes que pueden autocultivar o personas relacionadas que pueden cultivar para su representado. A la vez, se pueden registrar cultivadores solidarios (son 30.205 los registrados) que producen para quienes están en tratamiento, profesionales habilitados (médicos y odontólogos) y ONG.
Mi estimación de los usuarios de Reprocann en estos años es la siguiente:
2020: 100.000
2021: 150.000
2022: 200.000
2023: 300.000
2024: 400.000
Cambios
Con la creación del Reprocann, durante la gestión de Alberto Fernández, los motivos de prescripción médica se multiplicaron más allá de la epilepsia refractaria (resistente al tratamiento), que fue el diagnóstico original con el que padres pedían al Congreso nacional que sancionara un marco legal para incorporar el aceite de cannabis al tratamiento de sus hijos. Mamá Cultiva Argentina lideró aquellas demandas.
Con las sucesivas actualizaciones reglamentarias durante la gestión en Salud de Ginés González García, primero, y Carla Vizzotti, luego, se puede cultivar entre una y nueve plantas por paciente (los cultivadores pueden producir para 150 usuarios). Para eso hay que estar inscripto en el Reprocann y que un profesional médico u odontólogo declare la utilidad de consumir cannabis. El año pasado, el permiso anual se extendió a tres años.
Repasemos los logros de cada gobierno:
Mauricio Macri:
En 2017 se presenta en la cámara de diputados/ senado y se aprueba la ley 27.350 de Cannabis Medicinal para la investigación
Se implementa el registro voluntario de pacientes RECANN, únicamente pueden acceder al tratamiento de cannabis para personas con "Epilepsia Refractaria"
El permiso habilita importar aceite de cannabis desde E.E.U.U y el mismo debe garantizarse por la obra social
El profesional de la salud debe tener controles cada 3 meses para evaluar el tratamiento con cannabis.
Alberto Fernandez
En 2020 se realiza una modificación en la ley para introducir el REPROCANN (Registro del Programa de Cannabis)
El programa apunta a que se registren personas interesadas en tratamiento con cannabis para uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor
Establece parámetros para el Auto-Cultivo de cannabis en hogares
Cantidad de plantas florecidas: Entre 1 y 9 plantas por paciente
Superficie: Hasta 6 m² para cultivo interior y hasta 15 m² para cultivo exterior
Condiciones de cultivo: Tanto en interior como en exterior
Establece parámetros de transporte de cannabis de 40 gramos de flores o hasta 6 frascos de 30ml de aceite de cannabis.
Crea la figura del profesional de salud
Crea la figura del paciente
Crea la figura del tutor legal y responsable para menores de edad
Crea la figura del cultivador solidario
Crea la figura de la ONG con capacidad de hasta 150 pacientes
Cambia el plazo de vencimiento del permiso de 1 año a 3 años
Crea el mecanismo de aprobaciones masiva por sistema
Reordenar, no cerrar
Si bien desde la cartera que dirige Mario Russo insistieron ante la consulta de LA NACIÓN que no cerrarán el programa, señalaron que está a la firma del ministro una resolución para reordenar su funcionamiento, en especial con las solicitudes en la categoría de ONG. Para los particulares, en tanto, se impulsaría que los médicos que prescriben el uso de cannabis presenten una evolución de sus pacientes.
Usos
De acuerdo con el equipo que está auditando el registro, el principal problema es que el Reprocann cuenta con “requisitos de inscripción poco rigurosos”, de ahí la propuesta de “fortalecer” esas condiciones a exigir para las ONG. Otros son los amparos concentrados en unos pocos estudios jurídicos y que, en una revisión de 10.000 pacientes, 118 son pediátricos y “solo 44 cumplen con los diagnósticos afines al programa”.
El gobierno intencionalmente cree que el Reprocann tiene que ser mas riguroso en sus requisitos en vez de aprobar automaticamente a todo quien se anote, siempre y cuando cumpla el minimo requerimiento del programa. Hay amparos juridicos por que no cambian la forma de evaluar los requisitos, no ponen más recursos para procesar más tramites y no accionan la aprobación masiva. Entonces ante la falta de responder ante un tramite de la administración publica y dentro de los procesos que establece como máximo (60 a 90 días de corrido), responde con querer imponer más requisitos a la tramite burocrático ya existente. Mejoremos el proceso, no empeorarlo más. Hagamos el cambio necesario para respetar la libre decisión de consumir cannabis para uso medicinal sin que el estado dicte a quien si y a quien no.
De 10.000 casos analizados y los motivos para el uso de cannabis:
7,7% Bruxismo
4.9% Migraña
1,3% Cefalea
1% Neuralgia
1% Pánico
0,9% Depresión
0.6% Insomio/ Dolor
0,5% Dismenorrea
0,4% Epilepsia
0,3% Colon Irretable, Asma, Uso Adulto y Responsable
0,2% Endometriosis
0,1% Autismo, Glaucoma, Diabetes, Esclerosis Múltiple, Demartitis, Hiporexia, Burnout y "No dice"
Insomnio, ansiedad y dolor concentran el 77,2% de la población.
Diagnósticos
Para el Ministerio de Salud, son alrededor de una decena los diagnósticos “con evidencia” de utilidad del cannabis en el tratamiento: epilepsia refractaria, esclerosis tanto tuberosa como múltiple, retraso mental severo o leve, síndromes de Dravet, Lennox Gastaut y West, encefalopatía, neuropatías, dolor oncológico y lesión medular traumática.
Exceptúan, en tanto, los siguientes: trastorno bipolar, depresión, esquizofrenia, síndrome maníaco, alucinaciones, delirio, trastorno esquizoafectivos o del humor, trastorno del espectro autista (TEA), psicosis, consumo problemático de sustancias, trastorno generalizado del desarrollo (TGD) y autolesiones. “Son todas patologías de salud mental en las que el cannabis puede producir eventos adversos y generar interacciones medicamentosas con otras drogas que toman esos pacientes”, explicaron sobre esa decisión desde la cartera sanitaria.
Min de Salud: en el primer trimestre del año, se estudiaron 4489 trámites iniciados, con una revisión diaria promedio de 40 casos.
Los cambios previsto para las ONGs:
Las ONG deberán estar registradas ante el organismo de inscripción y fiscalización correspondiente a su jurisdicción, con habilitación municipal del sitio de cultivo.
Deben estar registradas en el Registro Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil vinculadas a la Salud.
El objeto social de las ONG debe incluir uno o más de los objetivos del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, según la ley N° 27.350 y el decreto reglamentario de 2020.
Para inscribirse como asociación civil o fundación cultivadora autorizada, deben presentar la nómina de usuarios inscritos en el Reprocann y una declaración jurada.
Se otorga un plazo de seis meses para que estas entidades se adecuen a las nuevas condiciones de inscripción.
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